#España: INLAC a disposición de operadores lácteos

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INLAC pone a disposición de los operadores lácteos un Servicio de Asesoramiento sobre gestión y firma de contratos Además, la interprofesional presenta datos sobre la implantación del contrato y realiza un balance optimista en la evolución de los contratos
La Organización Interprofesional Láctea (INLAC) ofrece un Servicio de Asesoramiento a Operadores Lácteos sobre aquellos aspectos técnicos/legales relacionados con los contratos obligatorios de suministro de leche y los procedimientos para su gestión. Para tal fin, INLAC ha creado un “MANUAL DE ASESORAMIENTO LEGAL CONTRATOS SUMISTRO DE DE LECHE”.
La firma de un contrato de compra-venta de leche cruda se concibe como un elemento clave de cohesión y estabilización sectorial. A través del Reglamento (UE) 261/2012 se sentaron las bases para la puesta en funcionamiento de esta herramienta en el marco del conocido como “paquete lácteo” y en concordancia con sus objetivos de mejora del equilibrio de la cadena de valor en el sector y de refuerzo de la posición negociadora de los productores.
El Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre (BOE nº 237 de 2 de octubre de 2012), establece la obligatoriedad de suscripción de contratos en todos los suministros de leche cruda que tengan lugar en España de un productor a un transformador y fases intermedias, y fija los requisitos mínimos que estos contratos deben cumplir.
El documento, se pone a disposición en su página web (www.inlac.es), y tiene como finalidad exponer las funciones del Servicio de Asesoramiento a operadores lácteos en todos aquellos aspectos técnicos/legales relacionados con la firma y gestión del los contratos obligatorios de suministros de leche. Todas las opiniones expresadas por INLAC tendrán un carácter meramente orientativo y no vinculante.
Las consultas podrán realizarse por medio de tres vías: telefónica, dirección postal y correo electrónico. El Servicio de Asesoramiento será prestado por un equipo externo multidisciplinar, el cuál dirigirá todas las consultas a técnicos o jurídicos en función de la naturaleza de la consulta planteada. Todas las preguntas serán tratadas con carácter personalizado y garantizando su confidencialidad, y serán resueltas en un plazo máximo de 15 días naturales dependiendo de la complejidad de la consulta y su naturaleza.

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Así lo expresó Domingo Possetto, secretario de la seccional Rafaela, quien además, afirmó que a los productores «habitualmente los ignoran los gobiernos». Además, reconoció la labor de los empresarios de las firmas locales y aseguró que están «esperanzados» con la negociación entre SanCor y Adecoagro.

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