Esta es el acta acuerdo

Este es el documento consensuado ayer y firmado hoy.
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CONVENIO MARCO SECTORIAL
INDUSTRIA LÁCTEA
 
Considerando que la industria láctea argentina en su conjunto atraviesa una situación delicada, como resultado de una situación climática adversa que ha afectado diversas zonas geográficas estratégicas para la producción de materia prima, como así también factores económicos tanto externos como internos que han afectado a la industria y vienen arrastrándose desde la última década, y que dicha situación afecta seriamente en la actualidad a empresas emblemáticas del sector como Sancor Cooperativas Unidas;  se requiere la adopción de medidas extraordinarias que permitan que el sector vuelva a una senda de o3 a los fines de salvaguardar los puestos de trabajo de miles de trabajadores que se desempeñan en la industria y permitan llevar a su máximo potencial a este sector estratégico de la industria argentina.
A raíz de diversas reuniones mantenidas entre la industria, representada por el CENTRO DE LA INDUSTRIA LECHERA (CIL) y la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS LÁCTEAS (APYMEL); los trabajadores representados por la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (ATILRA); y el Gobierno Nacional a través del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, MINISTERIO DE TRABAJO y MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se acuerdan los siguientes puntos:

  1. El aporte patronal mensual permanente creado mediante Acta Acuerdo de fecha 7/5/09 suscripta en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, homologado por el Ministerio de la Nación mediante resolución 856 de fecha 13/7/09 (Expte. No. 1326351/09) se deroga y se lo deja sin efecto a partir de la fecha de suscripción del presente acuerdo.

Se condonan los montos adeudados por dicho concepto para las PYMES y/o empresas de hasta 70 trabajadores de personal comprendido en la actividad de la industria lechera.
En aquellos casos que existieran acciones judiciales motivadas por este asunto, se insta a las partes a dejarlas sin efecto, acordando en cada caso en particular el modo más conveniente a las partes de terminar el proceso. En virtud del presente acuerdo se sugiere que las costas y gastos sean por el orden causado.
En caso de que existan montos adeudados en concepto de aporte mensual permanente por empresas que no sean PYMES y/o que superen los 70 trabajadores de personal comprendidos en la actividad de la industria lechera, las partes se comprometen a negociar para buscar una solución a las mismas.
 

  1. Las partes acuerdan un aporte empresarial con vigencia a partir de la fecha de suscripción del presente acuerdo, que se aplicará de la siguiente forma: a) para las empresas de la actividad PYMES y/o hasta 70 trabajadores inclusive de personal comprendido en la actividad de la industria lechera se lo fija en la suma de $750.- por trabajador sujeto a la CCT N°2/88 y por mes; y b) para las empresas de la actividad que no sean PYMES y/o de más de 70 empleados, se lo fija en $1500.- por trabajador sujeto a la CCT N°2/88 y por mes.

 
Estos conceptos se abonarán con destino a ATILRA con la finalidad que la entidad diversas necesidades asistenciales de sus afiliados como por ejemplo: salud, educación, cultura, arte, esparcimiento, turismo, deportes y acciones solidarias. El Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) incorporará como requisito el libre deuda de este aporte. El importe se depositará en la cuenta que ATILRA designe a tal fin en el Banco de la Nación Argentina mediante transferencia electrónica, acompañando por correo electrónico una liquidación con características de declaración jurada, dicho pago se hará el día 15 o siguiente hábil del mes siguiente al que se liquida.
 

  1. Se procede formalmente a la apertura del convenio colectivo a los fines de que el sector pueda contar con un instrumento moderno y acorde a este tiempo que permita el desarrollo de la industria y de los trabajadores, estableciéndose un plazo de 30 días a partir de la fecha de suscripción del presente acuerdo para su tratamiento. Se establecen los siguientes puntos centrales del nuevo convenio colectivo, los que deberán ser abordados necesariamente: a. Régimen de licencias por mudanza; b. Régimen de licencia por matrimonio; c. Régimen de horas extraordinarias; d. Régimen de accidentes y enfermedades inculpables; e. Régimen de presentismo y asistencia; f. Régimen escalafonario por renuncia; g. Régimen de trabajo por turnos; h. Actualización de categorías; i. Régimen de promociones; j. Polifuncionalidad / multitareas o polivalencia; k. Coberturas de puestos de trabajo; l. Promociones por reemplazo. Hasta tanto dicho convenio se encuentre aprobado y homologado, continuará vigente en CCT 2/88 y sus modificatorias.

 

  1. El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación procederá a la homologación del último acuerdo salarial de la actividad de fecha Abril 2017.

 

  1. En atención a la relevancia que tiene SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LTDAS. para todo el sector, como así también para sus trabajadores y las distintas comunidades en las que efectúa su operación, el Gobierno Nacional procederá a otorgar asistencia financiera a SANCOR por 450 millones de pesos a través del FONDEAR, a los fines de que pueda llevar adelante un plan de reestructuración sustentable. El primer desembolso deberá efectuarse a la mayor brevedad y en un plazo de hasta 5 días siguientes a la suscripción del presente acuerdo y será condición para la validez del presente acuerdo. Su integración de acuerdo a los plazos comprometidos y necesarios para el funcionamiento de SANCOR será condición para la validez del presente acuerdo. En caso de no efectivizarse ATILRA tendrá la facultad de denunciar total o parcialmente el presente acuerdo y a que se aplique la totalidad de las convenciones vigentes con anterioridad al presente.

 

  1. En el mes de diciembre tendrá lugar una reunión para verificar el funcionamiento, impacto y cumplimiento de los distintos puntos del presente acuerdo, para que las partes empresaria y gremial atendiendo esos aspectos y a la situación del sector y la marcha de la economía, procedan a efectuar las modificaciones que puedan resultar necesarias.

 
 
Ciudad de Buenos Aires, 2 de mayo de 2017.
 

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Así lo expresó Domingo Possetto, secretario de la seccional Rafaela, quien además, afirmó que a los productores «habitualmente los ignoran los gobiernos». Además, reconoció la labor de los empresarios de las firmas locales y aseguró que están «esperanzados» con la negociación entre SanCor y Adecoagro.

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