Magrama destina un máximo de 500.000€ para sufragar la moratoria de los créditos al lácteo

El ganadero no deberá abonar, ni el principal, ni los intereses del capital pendiente de amortizar.
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El ganadero no deberá abonar, ni el principal, ni los intereses del capital pendiente de amortizar.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha presupuestado un máximo de 500.000 euros -anualidad de 2016- para sufragar la moratoria de los préstamos de los que se beneficiarán los ganaderos del sector lácteo. El BOE ha publicado este lunes 4 de enero la Orden AAA/2875/2015 de 14 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a los acuerdos de carencia de un año de duración con prestatarios que sean titulares de explotaciones de vacuno de leche. Se refiere a los ganaderos que soportan actualmente préstamos concedidos al amparo de los Reales Decretos 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, y 204/1996, de 9 de febrero, sobre mejoras estructurales y modernización de las explotaciones agrarias.
El Ministerio puntualiza que podrían conceder subvenciones por una cuantía adicional de hasta 200.000 euros, siempre que exista previa declaración de disponibilidad de crédito.
Según especifica, las explotaciones de vacuno de leche están experimentando un incremento en las necesidades de financiación a corto plazo por el proceso de adaptación a la «expiración del régimen de cuota láctea que está experimentando ese sector».
«A la vista de los efectos que está teniendo en el vacuno de leche, se hace necesaria la adopción de medidas a título excepcional», precisa el Departamento. De esta forma, la Orden aprueba las bases para otorgar ayudas relativos a los acuerdos de carencia a que se refiere.
La carencia especial debe ser de un año de duración y afectará al vencimiento del principal posterior a la aceptación de la solicitud del prestatario por parte de la entidad financiera.
Durante ese periodo, el prestatario no deberá abonar, ni el principal, ni los intereses del capital pendiente de amortizar. Una vez finalizada la carencia del préstamo, se reanudarán las obligaciones del prestatario.
El Ministerio financiará los intereses, remunerando a las entidades financieras por cada carencia concedida en función del capital pendiente y del tipo de interés establecido en los convenios, recoge la Orden, que entra en vigor el 5 de enero.
http://www.agroinformacion.com

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Así lo expresó Domingo Possetto, secretario de la seccional Rafaela, quien además, afirmó que a los productores «habitualmente los ignoran los gobiernos». Además, reconoció la labor de los empresarios de las firmas locales y aseguró que están «esperanzados» con la negociación entre SanCor y Adecoagro.

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