Declararon la emergencia agropecuaria en las cinco provincias afectadas por desastres climáticos

Comprende situaciones de inundaciones y sequías según el caso.
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Comprende situaciones de inundaciones y sequías según el caso.
Las autoridades del Ministerio de Agroindustria declararon la emergencia agropecuaria en diferentes zonas productivas afectadas por desastres climáticos.
En la provincia de Santa Fe –tal como lo solicitaron las autoridades provinciales el pasado 27 de abril– se dispuso la declararon de emergencia o desastre (según corresponda) desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 para todas las actividades agropecuarias afectadas por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua en todo el territorio provincial (con excepción del departamento 9 de Julio).
En la provincia de Entre Ríos se determinó la emergencia o desastre por el término de un año, desde el 15 de diciembre 2015, en todo el territorio provincial para todas las actividades agropecuarias afectadas por la crecida y desborde de los Ríos Paraná, Gualeguay y Uruguay y arroyos.
En Córdoba la medida se aplicó desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016 para los productores agrícolas y desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 para los ganaderos y tamberos afectados por anegamientos en las cuencas hidrográficas del Río Carcarañá (área comprendida al norte de la Ruta N° 2), sistema Morteros, Río Segundo y sistema San Francisco.
En Chaco la resolución se extiende por seis meses a partir del 1 de marzo de 2016 para las explotaciones agropecuarias afectadas tanto por sequía como por inundaciones.
Por último, en Formosa se declaró el estado de desastre y/o emergencia desde el 1 de marzo de 2016 al 31 de agosto de 2016 para los cultivos de mandioca, batata y hortalizas de producción bajo cubierta, algodón, forestación y apicultores afectados por exceso de precipitaciones, mientras que para los ganaderos el plazo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2016.
Para poder acceder a los beneficios contemplados en la Ley de Emergencia Agropecuaria (Nº 26.509) los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por autoridades provinciales en el que conste que sus predios se encuentran en situación de emergencia (al menos un 50% de la capacidad de producción afectada) o emergencia (al menos un 80% de afectación).
Entre los beneficios previstos en la Ley de Emergencia Agropecuaria se incluyen la suspensión de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas vencidas con anterioridad a la emergencia, prórrogas para el pago de impuestos y la posibilidad de deducir del Impuesto a las Ganancias el 100% de la utilidad generada por ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina (para mayor información comunicarse con la línea de ayuda del Ministerio de Agroindustria 0-800-222-Agro).
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Así lo expresó Domingo Possetto, secretario de la seccional Rafaela, quien además, afirmó que a los productores «habitualmente los ignoran los gobiernos». Además, reconoció la labor de los empresarios de las firmas locales y aseguró que están «esperanzados» con la negociación entre SanCor y Adecoagro.

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